EL CGPJ DARÁ ESTA SEMANA EL VISTO BUENO A LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE INGRESO
Desplegando el apartado "Hojas informativas" podéis consultar la hoja "2010 marzo 3 HOJA_INFORMATIVA"
Como sabéis, a mediados de octubre el Parlamento modificó el artículo 521 de la LOPJ. Esta modificación, envuelta en gran polémica, afectó, fundamentalmente, a las Unidades Procesales de Apoyo Directo (UPADs): antes de la modificación el centro de destino era el conjunto de UPADs de cada jurisdicción de un mismo municipio, después de la modificación el centro de destino es el conjunto de UPADs de todo el municipio. También se suprimía la referencia a que en las RPTs deben hacerse constar las características esenciales de los puestos de trabajo. Cuando se produjo aquella modificación del art. 521, el STAJ, junto con CCOO y UGT, inició una intensa campaña, apoyada con miles de firmas de los funcionarios, y se consiguió la única solución posible (la LOPJ ya había sido reformada, era imposible cambiarla): el Ministerio se comprometió a modificar el Reglamento de Ingreso, en el sentido de que, aun siendo el centro de destino el conjunto de UPADs del municipio (esto no puede cambiarse, lo dice la Ley), sin embargo los puestos de trabajo se diferenciarán por jurisdicciones. Conclusión: se posibilita la movilidad voluntaria entre jurisdicciones mediante concurso de traslado. Además, en esa modificación reglamentaria se establecía que hay que definir, para cada centro de destino, las funciones a desempeñar por cada uno de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.
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